¿Puede tu casero recuperar la vivienda para uso propio sin cláusula en el contrato? Nooooo.
Si tu casero te pide la vivienda para uso personal o familiar, es normal que te surjan dudas, especialmente si esa posibilidad no aparecía escrita en el contrato original . Como experto inmobiliario en Madrid, te lo explico de forma clara y directa: La respuesta rápida es NO. Si no está estipulada en el contrato de arrendamiento el casero (persona física) debe esperar los plazos legales, esto es, 5 años o, si estás en prórrogas anuales y no te manifestó la voluntad de no renovarte antes de terminar el quinto año, con preaviso de 4 meses, ya tienes como inquilino protegidos 3 años más (hasta el octavo año). Tras el octavo año comienzan las tácitas reconducciones que pueden ser anuales o mensuales (según se exprese la renta de manera anual o mensual en el contrato) si no hay manifestación de las partes. El derecho a no renovar: Debe notificarlo el casero a su inquilino, de manera fehaciente y con antelación mínima de 4 meses al término del quinto año o antes del octavo año (cuando e...