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Gastos de reforma deducibles de la ganancia patrimonial en compraventas.

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Qué gastos de reforma puedes deducirte y cuáles no, para que Hacienda no te observe la liquidación de tu plusvalía fiscal al vender.  ¡Guía paso a paso! 👍 SÍ : Aquellos que aumentan el valor o la vida útil del inmueble: inversiones y mejoras.  👎 NO : Aquellos que son gastos de conservación y reparación, éstos no son deducibles. 1) GASTOS DE REFORMA QUE SÍ PUEDES INCLUIR EN EL "VALOR DE ADQUISICIÓN": Según la normativa del IRPF, se pueden añadir al valor de adquisición de la vivienda los importes correspondientes a las inversiones y mejoras efectuadas en ella. Estos son algunos ejemplos comunes que Hacienda suele aceptar, siempre y cuando se puedan justificar debidamente con facturas: - Ampliación de la superficie habitable: Construcción de nuevas habitaciones, cerramiento de terrazas para crear nuevos espacios habitables, etc. - Reforma integral: Modificación sustancial de la distribución de la vivienda, incluyendo demolición de tabiques, redistribución de espacios...